SUCESIONES

EXPERTOS EN SUCESIONES

¿Cuándo se abre una sucesión?

Cuando muere una persona. En ese momento se produce la transmisión de su herencia.

¿Qué es la herencia?

La herencia contiene todos los bienes, derechos y obligaciones del fallecido. Es decir, se heredan bienes, créditos y deudas.

Los herederos responden por las deudas del causante con los bienes que reciben.

¿Es necesario que la persona fallecida deje un testamento para que se abra su sucesión?

No. La sucesión también se puede abrir cuando la persona no deja un testamento porque hay dos tipos de sucesión:

  • Testamentaria: es la que se abre cuando la persona deja un testamento en el que dispone de sus bienes.

  • Por la ley: es la que se abre cuando no hay testamento y se aplican las reglas del Código Civil y Comercial para distribuir el patrimonio de la persona fallecida.

Herederos

¿Qué quiere decir causante?

Es la persona fallecida. La sucesión se abre sobre su patrimonio: el conjunto de sus bienes y deudas.

¿Qué es un heredero?

Es la persona a quien se transmite todo o una parte del patrimonio del causante.

¿Qué es un legatario?

Es una persona que recibe un bien o un conjunto de bienes del patrimonio del causante, por decisión de éste. Recibe bienes o un conjunto de bienes determinados.

¿Puede heredar el hijo nacido después de la muerte de su padre?

Sí, si fue concebido antes de la muerte del causante, aunque nazca después.

También puede heredar el bebé que fue concebido mediante técnicas de reproducción humana asistida que nace después de la muerte del causante.

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Indignidad

¿Qué es la indignidad para suceder?

Es una causa por la cual una persona queda excluida de una sucesión y no puede recibir bienes del causante.

¿Quiénes son indignos y no heredan?

  • Los autores o cómplices de algún delito doloso cometido contra el causante, sus hijos, padres, cónyuge, conviviente o hermanos.

  • Los que maltrataron al causante u ofendieron su memoria.

  • Los que acusaron o denunciaron al causante por un delito, salvo que la víctima del delito sea el acusador, su cónyuge o conviviente, su hijo, padre o hermano; o que el acusador haya hecho la denuncia en cumplimiento de un deber legal.

  • Los que no hicieron la denuncia de la muerte del causante ocurrida por causa de un delito doloso dentro de un mes de sucedida.

  • Los parientes o el cónyuge que no le dieron al causante los alimentos debidos, o no lo llevaron a un establecimiento adecuado si no podía valerse por sí mismo.

  • El padre extramatrimonial que no reconoció en forma voluntaria al causante cuando fue menor edad.

  • El padre o la madre del causante que fue privado de la responsabilidad parental.

  • Los que influyeron en la voluntad del causante para que otorgue testamento, deje de hacerlo, o lo modifique.

  • Los que falsificaron, alteraron, sustrajeron, ocultaron o sustituyeron el testamento.

¿Cómo se logra la exclusión de la sucesión por causa de indignidad?

Por medio de una demanda que debe iniciarse luego de la apertura de la sucesión. Debe iniciar la demanda la persona que quiere los derechos que le corresponderían al indigno.

¿El causante puede perdonar a una persona indigna?

Sí. El testamento que beneficia al indigno y es posterior a la causa de indignidad significa un perdón, a menos que se pruebe que el causante no conocía la causa de indignidad al momento de hacer su testamento.

Aceptación de la herencia

¿El heredero está obligado a aceptar una herencia?

No. Todo heredero puede aceptar o renunciar a la herencia.

¿Se puede aceptar sólo una parte de la herencia?

No. Aceptar una parte de la herencia implica aceptar toda la herencia.

¿Hay un plazo para aceptar la herencia?

Sí. El plazo es de 10 años que se cuentan desde que se abre la sucesión. Si el heredero no la acepta en ese plazo, se considera que renunció a la herencia.

¿Se puede intimar a un heredero para que acepte o renuncie a la herencia?

Sí. Cualquier interesado puede pedirle al juez que el heredero sea citado a aceptar o renunciar la herencia en un plazo no menor de un mes ni mayor a tres meses. Si el heredero no responde en ese plazo, se considera que aceptó la herencia.

La intimación se puede hacer luego de que pasen 9 días de la muerte del causante.

Forma de la aceptación

¿Cómo se acepta una herencia?

La aceptación de la herencia puede ser expresa o tácita:

  • Es expresa cuando el heredero lo hace por escrito.

  • Es tácita cuando el heredero realiza un acto que hace suponer su intención de aceptar y que no podría realizar si no fuera heredero.

¿Qué actos dan a entender que el heredero aceptó la herencia?

Los actos que dan a entender que el heredero aceptó la herencia son, entre otros:

  • Que inicie el juicio sucesorio o se presente en ese juicio.

  • Que disponga de bienes del causante.

  • Que ocupe o habite inmuebles del causante después de 1 año de su muerte.

  • Que ceda a otro sus derechos sobre la herencia.

¿Cuándo un heredero es obligado a aceptar la herencia?

Cuando el heredero oculta o sustrae bienes de la herencia, pierde el derecho de renunciar y debe devolver lo sustraído. Si no puede devolver los bienes, debe entregar su valor.

¿Qué actos puede realizar el heredero y no significan que aceptó la herencia?

Entre otros:

  • Actos para conservar los bienes.

  • Pagar los gastos funerarios y de última enfermedad del causante, los impuestos adeudados por el difunto y otras deudas cuyo pago es urgente.

  • Repartir ropas, documentos y diplomas del difunto o recuerdos de familia, con el acuerdo de todos los herederos.

  • Cobrar los alquileres de los bienes de la herencia que se usan para pagar deudas urgentes, impuestos, los gastos funerarios o se depositan en una escribanía.

Renuncia a la herencia

¿Cómo se puede renunciar a una herencia?

La renuncia de la herencia se hace por escritura pública o acta judicial.

¿Se puede renunciar a la herencia luego de haberla aceptado?

No.

¿El heredero arrepentirse de su renuncia a la herencia?

Sí, siempre que lo haga antes del plazo de 10 años y mientras la herencia no haya sido aceptada por otros herederos ni entregada al Estado.

Acreedores del heredero

¿Qué pasa si el heredero tiene acreedores y renuncia a la herencia?

Si el heredero renuncia a la herencia, los acreedores pueden pedirle al juez que los autorice a aceptarla en su nombre. En ese caso, la aceptación de la herencia sólo favorece a los acreedores que hicieron el pedido de autorización y por el monto de sus créditos.

¿Qué pasa con la herencia si el causante tenía deudas y el heredero también las tiene?

En ese caso, primero cobran con los bienes de la sucesión los acreedores del causante y después los del heredero.

Deudas del causante

¿El heredero responde con sus propios bienes por deudas del causante?

No. Como principio general, el heredero no debe pagar las deudas del causante con sus propios bienes. Los acreedores del causante pueden cobrar con los bienes recibidos en herencia y hasta el límite de esos bienes.

¿Hay algún caso en que el heredero tiene que pagar con sus bienes deudas del causante?

Sí. El heredero debe pagar las deudas del causante con sus propios bienes cuando:

  • No hace el inventario de los bienes en el plazo de 3 meses desde que los acreedores se lo exigen en el juicio.

  • Oculta bienes de la sucesión en forma fraudulenta.

  • Agranda dolosamente el monto de las deudas de la sucesión.

  • Vende bienes de la sucesión, a menos que el precio sea conveniente y sea incorporado a la herencia.

Estado de indivisión de la herencia

¿Qué es el estado de indivisión?

En las sucesiones en las que hay más de un heredero, la indivisión es la etapa que va desde la muerte del causante hasta que se hace el reparto de bienes entre los herederos.

¿Qué pueden hacer los herederos en esa etapa?

Actos de conservación: cualquiera de los herederos puede tomar medidas para conservar los bienes de la herencia.

Puede pagar esos gastos de conservación con los fondos de la sucesión que se encuentran en su poder.

Si no tiene fondos, puede obligar a los demás herederos a pagar los gastos necesarios.

Actos de administración y de disposición: para hacer este tipo de actos se necesita el consentimiento de todos los herederos. Por ejemplo: alquilar, vender, etc.

¿Puede uno de los herederos usar uno o más bienes de la sucesión hasta que termine el juicio sucesorio?

Sí, pero siempre debe respetar los derechos de los otros herederos. Si no hay acuerdo entre los interesados, el juez debe decidir la cuestión.

Si un heredero usa un bien de la sucesión en forma exclusiva, los demás herederos pueden exigirle que pague una indemnización.

¿Qué pasa con los frutos de los bienes durante el estado de indivisión?

Si en la sucesión hay bienes que dan frutos, esos frutos aumentan los bienes de la indivisión de la herencia. Por ejemplo, si hay un departamento alquilado, los alquileres pasan a aumentar el dinero en efectivo que hay en la herencia para repartir entre los herederos.

Estado de indivisión de la herencia

¿Qué es el estado de indivisión?

En las sucesiones en las que hay más de un heredero, la indivisión es la etapa que va desde la muerte del causante hasta que se hace el reparto de bienes entre los herederos.

¿Qué pueden hacer los herederos en esa etapa?

  • Actos de conservación: cualquiera de los herederos puede tomar medidas para conservar los bienes de la herencia.

Puede pagar esos gastos de conservación con los fondos de la sucesión que se encuentran en su poder.

Si no tiene fondos, puede obligar a los demás herederos a pagar los gastos necesarios.

  • Actos de administración y de disposición: para hacer este tipo de actos se necesita el consentimiento de todos los herederos. Por ejemplo: alquilar, vender, etc.

¿Puede uno de los herederos usar uno o más bienes de la sucesión hasta que termine el juicio sucesorio?

Sí, pero siempre debe respetar los derechos de los otros herederos. Si no hay acuerdo entre los interesados, el juez debe decidir la cuestión.

Si un heredero usa un bien de la sucesión en forma exclusiva, los demás herederos pueden exigirle que pague una indemnización.

¿Qué pasa con los frutos de los bienes durante el estado de indivisión?

Si en la sucesión hay bienes que dan frutos, esos frutos aumentan los bienes de la indivisión de la herencia. Por ejemplo, si hay un departamento alquilado, los alquileres pasan a aumentar el dinero en efectivo que hay en la herencia para repartir entre los herederos.

Indivisión forzosa

¿Qué es la indivisión forzosa de la herencia?

El causante que hace testamento puede disponer que durante un tiempo la herencia no se divida entre los herederos.

Ese tiempo puede ser de hasta 10 años, como máximo.

El causante también puede disponer que durante ese plazo o hasta que todos los herederos menores de edad lleguen a la mayoría de edad, no se divida:

  • Un bien determinado.

  • Un establecimiento comercial, industrial, agrícola, ganadero, minero, o cualquier otro que sea una unidad económica.

  • Las acciones de la sociedad de la cual es principal socio o accionista.

¿Los herederos pueden decidir no dividir la herencia?

Sí. Los herederos pueden ponerse de acuerdo en que la herencia no se divida por un plazo máximo de 10 años. A su vencimiento, ese convenio puede ser renovado por un plazo igual.

Cualquiera de los herederos puede pedir la división antes del vencimiento del plazo si hay causas justificadas.

¿Qué pasa si hay herederos incapaces?

Si hay herederos incapaces, el convenio que hacen sus representantes legales debe ser aprobado por el juez.

¿Qué derechos tiene el cónyuge del causante con respecto a la división de la herencia?

Si en la herencia existe un establecimiento comercial, industrial, agrícola, ganadero, minero o acciones de una sociedad, el cónyuge que adquirió el establecimiento o que es el principal socio o accionista de la sociedad, puede oponerse a que se incluya en la partición.

Tiene el mismo derecho el cónyuge que participa activamente en la explotación del establecimiento.

En estos casos, la indivisión se mantiene hasta 10 años a partir de la muerte del causante, pero el cónyuge sobreviviente puede pedir que se extienda por más tiempo, hasta su fallecimiento.

¿Quién administra el establecimiento comercial durante la indivisión pedida por el cónyuge sobreviviente?

El cónyuge sobreviviente.

¿Qué derechos tiene el cónyuge del causante sobre el hogar conyugal?

El cónyuge puede oponerse a que la vivienda construida o comprada con bienes gananciales sea incluida en la partición, mientras él sobreviva.

Los herederos sólo pueden oponerse si el cónyuge sobreviviente tiene bienes que le permiten tener otra vivienda suficiente para sus necesidades.

¿Qué derechos tiene un heredero que trabajaba en la empresa del causante?

Ese heredero puede oponerse a la partición del establecimiento si, antes de la muerte del causante, participaba activamente en la explotación de la empresa.

Acreedores

¿Qué pasa con los acreedores mientras dura el estado de indivisión de la herencia?

Durante la indivisión de la herencia, los acreedores de los herederos no pueden ejecutar los bienes de la herencia, pero pueden cobrar sus créditos de lo que gana el heredero por la explotación de esos bienes.

En cambio, los acreedores del causante pueden cobrar sus créditos sobre los bienes indivisos. La indivisión forzosa de bienes registrables debe ser inscripta en los registros correspondientes.

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